La Inspección de Trabajo seguirá exigiendo a las empresas que lleven un registro diario de la jornada de todos sus trabajadores
Fecha 15 mayo, 2017
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El cambio de criterio del Supremo generó confusión en gestorías y despachos de abogados y asesores laborales, que estos días se han puesto en contacto con la autoridad laboral para aclarar cuál será el criterio que seguirá a partir de esa sentencia.

Y la respuesta que han obtenido es que

«la Inspección de Trabajo y Seguridad Social seguirá exigiendo a las empresas el registro de la jornada diaria, porque para comprobar con exactitud la realización o no de horas extraordinarias debe conocer la jornada ordinaria diaria de cada trabajador, puesto que de lo contrario se produce una indefensión del empleado en tanto la prueba del exceso de jornada dependa en exclusiva del empresario»,

Consciente del choque que se produce con el criterio del Supremo, el organismo inspector se justifica en que, al haber solo una sentencia, esta «no crea jurisprudencia aún», aunque reconoce que en caso de que el alto tribunal dictase un nuevo fallo en el mismo sentido sí deberán revisar la instrucción dictada para exigir en sus controles el registro de jornada.

 

Fuente: Síntesis diaria

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